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Denuncia contra tres ayuntamientos por incumplir con la Ley de protección

Nuestra acción Barcelona, diciembre 9, 2009

Denuncia contra tres ayuntamientos por incumplir con la Ley de protección
Fundación FAADA y Fundación Altarriba denuncian tres ayuntamientos de Catalunya por infringir el Decret Legislatiu 2/2008 de la Ley de Protección Animal de la Generalitat de Catalunya.

Fundación FAADA y Fundación Altarriba denuncian tres Ayuntamientos de Cataluña por infringir el Decret Legislatiu 2/2008 de la Ley de Protección Animal de la Generalitat de Catalunya

Los Ayuntamientos de Vallirana, Sant Vicenç dels Horts y la Palma de Cervelló, han sido denunciados por ambas entidades ante la Consellería de Medi Ambient de la Generalitat de Catalunya, por entender que están infringiendo el Decret Legislatiu 2/2008 en el servicio de recogida de animales abandonados que tienen contratado con la residencia canina "El Caliu".

La Fundación FAADA ya había presentado una denuncia sobre dicha residencia que supuso una inspección de SEPRONA, como resultado de cual se levantó acta con fecha 28 de octubre de 2009, indicando que "El Caliu" carecía de núcleo zoológico, que no llevaba libro de registro de entradas y salidas de animales, que los animales no se identificaban previamente a la acogida, y que se entregaban en adopción sin esterilizar e igualmente sin identificar.

El Decret Legislatiu 2/2008 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Protección de los Animales, indica que corresponde a los ayuntamientos recoger y controlar a los animales perdidos o abandonados, y que la prestación de este servicio puede concertarse con entidades externas, preferentemente protectoras de animales legalmente constituídas, o empresas especializadas (arts. 16,1 y 16.4). El mismo Decreto, en su art. 41.1.d obliga a los ayuntamientos a vigilar e inspeccionar los núcleos zoológicos.

En relación a éste último artículo, ambas entidades han presentado denuncia contra los ayuntamientos citados, ya que el Decret recoge expresamente como infracción el no dar cumplimiento al art. 41.1.d,  la apertura de un expediente administrativo sancionador, la depuración de responsabilidades y la aplicación de las sanciones oportunas.

Lamentablemente, son aún muchos los Ayuntamientos que en Cataluña no cumplen con sus obligaciones más básicas en materia de protección animal, pues no ejercen un control sobre los animales del municipio a través de un registro censal y no sancionan a los particulares que se lucran criando o abandonando impunemente a sus animales. A esto hay que añadir que muchos de ellos ni tan sólo contratan un servicio de recogida de los animales abandonados y perdidos de su municipio tal como exige la Ley de Protección Animal.
Estos hechos fueron trasladados hace dos semanas al Sr. Francesc Baltasar, honorable Conseller de Medi Ambient i Habitatge, quien se comprometió a convocar una reunión con la Diputación de Barcelona para tratar el escaso o nulo interés por parte de los ayuntamientos y hacerlo extensivo a Lleida, Tarragona y Girona.