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Los acusados de Avinyó condenados por maltrato animal continuado

La nostra acció Avinyó, abril 15, 2019

Los acusados de Avinyó condenados por maltrato animal continuado
Los responsables de la muerte de 2 perros y varios animales “de granja” también han sido inhabilitados para la tenencia de animales durante 3 y 4 años y tendrán que pagar 3.700€ de multa.

En noviembre de 2016 os informábamos de un caso grave de maltrato animal: una pareja mayor de Artés (Cataluña) había encerrado en una nave de la también localidad catalana de Avinyó a sus 20 perros, y, en otra, a un alto número de animales de granja (gallinas, cerdos, cabras) siempre de su propiedad.

A pesar de que una entidad protectora se había ofrecido a acoger a los animales, la pareja prefirió dejarlos solos sin comida y agua y marcharse a otro lugar.

Una vez recibido el aviso, desde FAADA reclamamos durante días a los Mossos d’Escuadra que solicitaran una orden judicial que permitiera entrar en las naves. Cuando por fin la obtuvieron y pudimos entrar acompañados por los mismos Mossos, muchos animales de granja ya habían muerto así como 2 perros que habían sido comidos por los animales que compartían espacio con ellos.

Los resultados de las necropsias revelaron que la muerte había sido causada por "un traumatismo torácico con fracturas costales, neumotórax y laceraciones pulmonares causadas por el hundimiento de las costillas fracturadas". Estas lesiones no se habían producido "de forma natural" y tampoco habían sido causadas por otro perro: los resultados destapaban que los daños eran consecuencias de golpes "intencionados" con "ensañamiento", con voluntad de matar. En cuanto a la gallina y el pato que se encontraron fallecidos, la necropsia desveló que su muerte se había dado por desnutrición "después de un largo proceso de sufrimiento".

El mismo día los animales fueron decomisados y enviados a una protectora.

Teniendo en cuenta la gravedad de los hechos, desde FAADA nos personamos como acusación popular y finalmente el pasado día 11 de abril 2019, los acusados fueron condenados por un delito de maltrato continuado, imponiéndoles la pena de siete meses y quince días de prisión a él y a ella doce meses de prisión.

Tal como marca la ley, y teniendo en cuenta que ninguno de los dos tienen antecedentes penales ni están condenados a más de los dos años de prisión, el juez los ha suspendido la pena y no tendrán que entrar en ningún centro penitenciario siempre y cuando no cometan ningún delito en un plazo de dos años.

Además, han sido inhabilitados para la tenencia de animales durante 3 años, en el caso de él, y 4 en el caso de ella de forma incondicional.

Por último, deberán pagar una responsabilidad civil de 3.700 euros al Ayuntamiento de Avinyó, dado que fue el consistorio en cuestión quién se encargó económicamente del decomiso de los dieciocho perros durante la entrada y registro. En el supuesto de que no paguen esta cantidad y tengan algún animal durante el tiempo de suspensión de condena el matrimonio también podría entrar a prisión.

 

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