Nuestra acción Valencia, octubre 29, 2025
Según una información recientemente publicada en medios digitales, el promotor del "Circ de Nadal 2025" ha solicitado autorización para instalarse en la ciudad anunciando el espectáculo "Zoorprendente", que incluye la participación de cerca de una treintena de animales de diversas especies, entre ellas équidos, bovinos, llamas, dromedarios, emús, avestruces y ocas, pero también reptiles como boas, pitones y anacondas. Tiene previsto ofrecer sus funciones desde el 28 de noviembre en un solar de la Avenida del Levante U.D. de la capital valenciana. Esta misma fuente informa que el Ayuntamiento todavía tiene en trámites la autorización del evento, y que los servicios técnicos municipales aún continúan estudiando la petición.
Desde las entidades de defensa animal ANDA, AAP Primadomus, AnimaNaturalis y FAADA lanzamos al Ayuntamiento valenciano la advertencia de que la presencia en este circo de serpientes, que son animales salvajes (aunque hayan nacido en cautividad), contraviene el artículo 25.e) de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que prohíbe expresamente “el uso de animales pertenecientes a especies de fauna silvestre en espectáculos circenses".
Por lo tanto, solicitamos al consistorio valenciano que deniegue la autorización de forma preventiva. La concesión de esta licencia constituiría una vulneración flagrante de la normativa estatal, ya que, desde que el plazo para el cese de la actividad dispuesto por la ley venciera a los 6 meses de su entrada en vigor, no existe en la actualidad ningún régimen de transición ni excepción legal que ampare la exhibición de fauna silvestre en espectáculos circenses en el territorio nacional, y que esta podría suponer una infracción calificada como muy grave (artículo 75.g), con sanciones que alcanzan hasta 200.000 euros.
En cuanto al resto de especies no salvajes que forman parte del espectáculo, recordamos que se trata de animales catalogados como “de producción” o “de consumo” y que todo movimiento o traslado de este tipo de animales debe realizarse desde una explotación ganadera hasta otra ubicación que esté también inscrita en el registro de explotaciones ganaderas (REGA), tal y como se indica en el artículo 6 y anexo VII del Real Decreto 728/2007, de 7 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado. Por tanto, si el solar donde pretende ubicarse el “Circ de Nadal” no cuenta con su correspondiente código REGA, tampoco debería autorizarse la instalación y el mantenimiento allí de estas especies domésticas.
ANDA, AAP Primadomus, AnimaNaturalis y FAADA solicitamos al Ayuntamiento valenciano que cumpla escrupulosamente con la ley y que no permita que se instale en la ciudad este espectáculo que se lucra a través del uso y explotación de animales.
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