Nuestra acción Monzón, marzo 2, 2026
El pasado 12 de enero recibimos un aviso sobre la situación crítica de un perro en un pequeño municipio de la provincia de Huesca. Tras comunicar los hechos al Ayuntamiento correspondiente y realizar diversas gestiones, confirmamos que no se trataba de un solo animal, sino de dos perros que permanecían en el mismo recinto y presentaban un estado físico extremadamente grave.
Ambos animales mostraban un cuadro de caquexia severa, un indicio evidente de falta de alimentación adecuada y de atención veterinaria. Este estado supone un riesgo directo para la salud y la vida de cualquier animal. Recordamos que cualquier conducta, por acción u omisión, que provoque dolor, sufrimiento o lesión y perjudique gravemente la salud de un animal puede constituir maltrato, tipificado como delito o como infracción administrativa conforme a la normativa vigente.
Desde el primer momento advertimos que la situación requería una intervención inmediata. Incluso en el supuesto de que los perros padecieran alguna patología previa, el grado extremo de delgadez evidenciaba una omisión prolongada de los cuidados esenciales y un riesgo real e inminente para sus vidas. Por ello, solicitamos en reiteradas ocasiones el decomiso urgente de ambos perros, amparándonos, entre otros preceptos, en el artículo 68 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, que permite el comiso preventivo cuando la integridad o el bienestar de un animal se encuentran en peligro.
Pero, tras la inspección, el Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) de la Guardia Civil optó por no proceder al decomiso inmediato y requirió a las personas titulares que alimentaran a los animales en un plazo de 11 días, posponiendo cualquier intervención efectiva hasta comprobar el cumplimiento de dicho requerimiento.
Desde FAADA consideramos que esta decisión no atendía a la urgencia que evidenciaba el estado físico de los animales y que no se ajustaba al principio preventivo que inspira la normativa de protección animal, cuyo objetivo es evitar daños irreversibles. Tal y como advertimos, los animales no podían esperar. Uno de los perros, de apenas un año y medio de edad, tuvo que ser ingresado de urgencia el 20 de enero y falleció el 24 de enero tras practicarse la eutanasia debido al estado crítico e irreversible en el que se encontraba. El segundo perro fue finalmente decomisado el 29 de enero y trasladado a un centro de acogida de la provincia de Huesca.
El alcalde del municipio había manifestado su conformidad con el decomiso desde el inicio de las actuaciones. En casos de falta de alimentación y ausencia de tratamiento veterinario, la evidencia es clara: la rapidez en la intervención es determinante para salvar la vida del animal. La demora en la adopción de medidas puede tener consecuencias irreparables.
A pesar de las dificultades que en ocasiones surgen en la coordinación entre administraciones y cuerpos implicados, desde FAADA continuamos trabajando para que la normativa de protección animal se aplique con rigor y celeridad. La actuación preventiva y el uso efectivo de las herramientas legales disponibles son esenciales para garantizar la protección real y efectiva de los animales.
Por ello, seguiremos haciendo todo lo que esté en nuestras manos para intervenir en aquellos casos en los que se detecten situaciones de riesgo grave para su bienestar.
¡No queremos dejar a ningún animal atrás!
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