Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerte una mejor experiencia y servicio. Si continúas navegando, estás aceptando nuestra política de cookies. Pero puedes cambiar la configuración en cualquier momento. Más información

Aceptar

Únete a FAADA

Recurriremos la sentencia de absolución de los dos acusados en el caso Vivotecnia

Nuestra acción Madrid, mayo 21, 2026

Recurriremos la sentencia de absolución de los dos acusados en el caso Vivotecnia
Desde FAADA y las demás acusaciones populares consideramos que existen argumentos jurídicos que merecen ser analizados por un tribunal superior.

El pasado 12 de mayo de 2026, la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Madrid ha dictado sentencia en el caso Vivotecnia, absolviendo a los dos técnicos del laboratorio que fueron juzgados por un presunto delito de maltrato animal. Una resolución que nos duele profundamente y que merece ser explicada con detalle.

Los hechos se remontan al año 2019, cuando una trabajadora de Vivotecnia Research S.L. grabó unas imágenes que documentaban presuntas irregularidades en el trato a los animales utilizados en los experimentos. Esas imágenes salieron a la luz en 2021 y conmocionaron a la opinión pública española.

Tras la instrucción e investigación de los hechos, dos técnicos del laboratorio fueron acusados: el primero por realizar extracciones de sangre en la zona retro-orbital de varias ratas sin anestesia previa, algo exigido tanto por la normativa vigente como por el propio protocolo del estudio; y el segundo, por manipular a un conejo durante una eutanasia sin tenerlo correctamente sujeto ni sedado, lo que provocó que el animal cayera al suelo.

En el caso del técnico que manipuló las ratas, el juez reconoce explícitamente en la sentencia que los hechos ocurrieron, que los animales sufrieron de forma innecesaria y que el acusado actuó con indiferencia ante ese sufrimiento. Sin embargo, esta conducta encaja en un delito leve de maltrato animal y no en los delitos más graves por los que se formuló acusación, al no quedar probado que se causaran lesiones graves a los animales. El problema es que los delitos leves prescriben en tan solo un año. Los hechos ocurrieron en abril de 2019, y la denuncia no se presentó hasta abril de 2021. En palabras del propio juez, cuando la denuncia fue admitida, la infracción ya estaba prescrita. En el caso del técnico que manipuló el conejo, el juez considera que no quedó suficientemente acreditado que él fuera el responsable directo del procedimiento, ni que la caída del animal le causara lesiones graves o la muerte. Las periciales se basaron únicamente en el visionado del vídeo, ya que nadie pudo examinar directamente al animal tras el incidente, algo que el juez considera insuficiente para imponer una condena penal.

Queremos ser muy claras en algo, la absolución no implica que no pasara nada. La propia sentencia así lo reconoce. Lo que ocurrió en Vivotecnia fue real, el sufrimiento de esos animales existió y las imágenes hablan por sí solas.

Por ello, desde FAADA, junto con el resto de las acusaciones populares que han participado en este procedimiento, recurriremos la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid. Somos conscientes de las dificultades que esto implica, especialmente en lo relativo a la prescripción, pero consideramos que existen argumentos jurídicos que merecen ser analizados por un tribunal superior y no renunciaremos a esa posibilidad sin haberla agotado. Los animales de Vivotecnia merecen que luchemos hasta el final.

¿Nos ayudas en este proceso legal?

Únete a FAADA

 

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

A post shared by FAADA (@faadaorg)

 

¿Quieres apoyar nuestro trabajo?Únete A faada

Colabora por tan sólo 1€ al mes:HAZTE TEAMER

Recibe nuestro newsletter:SUSCRÍBETE AQUÍ