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Carrefour España ya no albergará exhibiciones de animales salvajes

Our action Barcelona, february 7, 2020

Carrefour España ya no albergará exhibiciones de animales salvajes
Tras la exposición de diferentes especies procedentes de un zoológico de Sevilla, varias entidades de protección animal hicimos llegar un escrito a sus responsables.

Los pasados días 8 y 9 de noviembre 2019 en el Carrefour de San Juan Aznalfarache (Sevilla), el zoológico Mundo Park organizó una exhibición de animales salvajes.

No es la primera vez que Mundopark lleva animales a un centro comercial, una feria u otros espacios fuera de sus instalaciones.

En ocasión de la actividad, reptiles, aves nocturnas y los demás ejemplares de fauna salvaje expuestos tuvieron que permanecer en el centro comercial (con sonidos, luces y ambiente propio de este tipo de establecimiento), desde las 12h a las 21h del viernes y desde la 11h hasta las 21h del sábado.

Las instalaciones construidas para ellos no cumplían los requisitos mínimos para las especies albergadas, y nos les ofrecían la posibilidad de esconderse y descansar.

Se promovía el contacto directo con los animales (incluso sin supervisión) y, tal y como pudieron documentar en video y fotografía las compañeras de Ecourbe, se encontraron evidentes signos de estrés y marcadas estereotipias en los animales involucrados, así como un comportamiento que denotaba el agotamiento extremo de algunos de ellos.

Desde la entidad Brutal se pusieron en contacto con nosotros para invitarnos a explicar a Carrefour España porque actividades de este tipo no tienen ningún valor educativo y pueden resultar perjudiciales para personas y animales. Así que junto a otras ONGs redactamos un escrito que hicimos llegar a los responsables de Carrefour España.

Y hoy, estamos muy contentas de poderos informar que desde la empresa nos han confirmado que no volverán a organizar esta actividad: de hecho ¡ya han anulado la que estaba prevista para este fin de semana en Sevilla!

A continuación os dejamos algunos de los puntos más importantes de la carta que les hicimos llegar:

“….

-       La Ley 31/2003, de 27 de octubre, de conservación de la fauna silvestre en los parques zoológicos, incorpora la Directiva1999/22/CE, relativa al mantenimiento de animales salvajes en parques zoológicos, e indica que la finalidad de la exposición de los animales en dichos centros debe ser únicamente la educación, conservación e investigación. Atendiendo a las características de las instalaciones en el Aula de Naturaleza es fácil comprobar que no se está aplicando ningún criterio de la definición como tal de Educación, establecida por la UNESCO y englobada en el Documento de Buenas prácticas de la Directiva de parques zoológicos (UNESCO, OCDE, 2001)

-       En el mismo Manual de Buenas prácticas se establecen algunas medidas a tener en cuenta durante las interacciones entre el público y animales como:

o    Ninguna interacción debe amenazar la integridad física o psicológica de los animales.

o    Uso de un entorno predecible y familiar para los animales involucrados.

o    Las interacciones sólo se permiten bajo la supervisión y control de una persona responsable y de acuerdo con normas específicas, incluida la duración permitida de los contactos.

o    Instalaciones que permiten todos los procedimientos de higiene necesarios para una interacción segura (por ejemplo, puntos de lavado de manos; alimentos-baño; baños en caso de inmersión en un medio acuático).

o    Seguimiento y registros de la comportamiento y la salud de los animales que participan en la interacción.

o     El contacto físico se limita tanto como sea posible y se deben tener en cuenta las medidas de bioseguridad e higiene (véanse las directrices disponibles de salud pública sobre zoonosis).

o    Las interacciones con visitantes no son una parte significativa de la rutina diaria del comportamiento del animal.

o    Los animales sociales o juveniles no se utilizan para las interacciones si estas requieren la perturbación del grupo social.

Todas estas medidas son incumplidas en la interacción en el Aula de Naturaleza tal y como hemos documentado. 

-       En la misma directiva europea se establece que las instalaciones que alojan a los animales deben cumplir unos requisitos mínimos recogidos por la EAZA en sus Normas mínimas para el alojamiento y cuidado de los animales en parques zoológicos y acuarios, normas que tampoco se cumplían en las anteriores jornadas.

  • Según la Directiva Balai, Directiva 92/65/CEE del Consejo, por la que se establecen las condiciones de policía sanitaria, y que autoriza al centro de procedencia de los animales: “Los animales confinados en un organismo, instituto o centro autorizado, solo podrán abandonar dicho establecimiento cuando estén destinados a otro organismo, instituto o centro autorizado, en dicho Estado miembro o en otro Estado miembro;” Por lo que el movimiento de dichos animales sólo podría hacerse a otro establecimiento autorizado por dicha directiva.

Por todo lo anteriormente indicado, con este comunicado solicitamos que Carrefour España se comprometa públicamente a no aceptar actividades que impliquen la exhibición de fauna salvaje en sus instalaciones en favor de actividades basadas en la educación y sensibilización ambiental bajo criterios científicos y educativos.”

 

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