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Denunciamos a la Generalitat de Catalunya por presunto incumplimiento de la normativa que protege a los perros de los cazadores

Our action Barcelona, february 10, 2021

Denunciamos a la Generalitat de Catalunya por presunto incumplimiento de la normativa que protege a los perros de los cazadores
Las entidades FAADA, Ecologistas en Acción, AnimaNaturalis, Fundació Fauna, ADDA, DEPANA, AVDA y Lex Ànima, denunciamos a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Generalitat de Catalunya.

Después de que el 30 de abril de 2020 se aprobara el incremento de los importes de las sanciones reguladas en la Ley de Caza en el ámbito territorial de Catalunya a través de la publicación de la Ley 50/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente, el colectivo de cazadores, a través de sus asociaciones y federaciones, denunció públicamente que esta modificación se había aprobado sin consultarlos. Como respuesta, inmediatamente anunciaron una huelga indefinida.

La reacción, tanto del Departamento de Territorio y Sostenibilidad como del de Agricultura y Ganadería fue mantener diversas reuniones con el colectivo con el fin de "aclarar el régimen de infracciones existentes y modular, en caso necesario, aquellas que hayan podido quedar desproporcionadas" tal como se reconocía en la carta enviada por el entonces President Quim Torra al Presidente de la Federación de Caza.

Paradójicamente y de forma inaudita, las peticiones de reunión que desde las entidades en defensa de los animales y la naturaleza realizamos a la Conselleria de Territorio y Sostenibilidad, no sólo no fueron atendidas sino que, sin ninguna justificación, desde la Generalitat de Catalunya, se extendían nuevos privilegios al sector de la caza, en este caso a través de unas instrucciones firmadas por el Director General del Cuerpo de Agentes Rurales y por el Director General de Políticas Ambientales del Medio Natural, en los que se reinterpreta la normativa de caza de manera contraria a la Ley para dar más privilegios al colectivo. Estos dos documentos, que suponen una reinterpretación de la normativa que no garantiza el bienestar de los animales y que contradice la legalidad vigente, se hicieron llegar al cuerpo de agentes rurales encargados de hacerla cumplir a través del levantamiento de actas por infracción.

Así pues, los documentos hacen una interpretación de la normativa vigente que, lejos de prevenir el abandono y la tenencia irresponsable de animales utilizados para la caza, beneficia el colectivo en este sentido:

  • Se permite mantener hasta 20 perros de más de 8 meses y un número indeterminado de cachorros sin necesidad de estar inscritos en el registro de núcleos zoológicos. Esta interpretación contraviene el fin de asegurar la protección y el mantenimiento en condiciones adecuadas de los animales acogidos en lugares como centros de cría, residencias o refugios tal como indica la propia Orden del 28 de noviembre de 1988 del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, para la creación del registro de núcleos zoológicos.
  • Como resultado los perros se encontrarán en lugares que no tendrán la obligación de contar con las condiciones mínimas (sanitarias, ambientales, etc.) exigidas a los núcleos zoológicos en Catalunya y tampoco se podrá ejecutar el control sobre el estado de bienestar en el que se encuentran los animales en estos lugares.
  • Permiso para utilizar perros de razas consideradas potencialmente peligrosas en las batidas, cuando la ley que regula su tenencia no permite que en espacios públicos circulen sin bozal o con correa de más de 2 metros.
  • Se hace una interpretación de lo que se considera maltrato animal y de lo que no, adaptada a los perros utilizados para la caza.
  • Se permite la amputación de orejas y colas "por motivos científicos o de manejo" justificándolo con informes veterinarios que apoyen esta práctica que ha sido prohibida por el Convenio Europeo sobre la protección de los animales de compañía firmado por España en 2015.

Las organizaciones consideramos que realizar una interpretación jurídica contraria a la Ley y remitirla a aquellos que lo han de hacer cumplir, podría ser susceptible de delito ya que con esta actuación, se está generando un grave perjuicio en el bienestar animal y en la persecución de ilícitos administrativos o incluso penales.

Por este motivo, las entidades nos hemos unido para denunciar ante la Fiscalía de Medio Ambiente de Barcelona estos hechos que consideramos muy graves. Al mismo tiempo reclamamos que la Generalitat desestime estos privilegios que ofrece unilateralmente a un sector que de forma reiterada manifiesta una falta de sensibilidad en el uso de perros, una gran amenaza para la fauna y la gestión sostenible del medio natural así como la peligrosidad que también representa para las personas. Recordamos que solo en 2020 hubo 605 víctimas de las que 51 han muerto en España como consecuencia de la actividad cinegética.

Las organizaciones de defensa de los animales y la naturaleza de Catalunya afirmamos con contundencia que las actuaciones del Departamento de la Generalitat no son ecuánimes, pues favorecen, una vez más, el sector de la caza, perpetuando una trayectoria repetitiva que vuelve a quedar al descubierto de una manera rotunda. Este actitud de favoritismo, contradice el sentido popular de la inmensa mayoría de la población y el sentido de justicia e independencia. La bajada importantísima que han tenido las licencias de caza en Catalunya en los últimos tiempos es la más clara evidencia de ellos.

En definitiva, pedimos a la Fiscalía de Medio Ambiente que investigue y actúe con diligencia para evitar que desde la Generalitat se contradiga la normativa vigente que protege los animales.

 

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