Tips Barcelona, february 2, 2016
¡No te conviertas en cómplice! Abre los ojos, documenta el maltrato con pruebas y ayúdanos a denunciar.
Todos los que puedan representar una infracción de la Ley de protección de animales de la comunidad autónoma donde se encuentre el animal o de las ordenanzas municipales. Por ejemplo:
En los casos de fuera de Cataluña, lo mejor es ponerse en contacto con los agentes del SEPRONA (teléfono gratuito 062) o en la comandancia más cercana de la Guardia Civil.
En Cataluña tenemos diferentes opciones: SEPRONA, Agents Rurals (93 574 00 36 o Mossos d’Esquadra (112). También podemos denunciar en la policía local del municipio correspondiente sin son infracciones leves que compiten a los ayuntamientos.
No existe una Ley Nacional de Protección Animal y, por lo tanto, nos hemos de basar en las leyes autonómicas.
Redactar una exposición de los hechos lo más detallada y específica posible, incluyendo, si se conoce:
Las infracciones pueden vulnerar el Código penal como delito (art. 337) o como falta (art 632-633), o bien las normativas existentes de bienestar y protección animal de la Comunidad Autónoma correspondiente. En este segundo caso, comportaría una falta administrativa.
La vía penal es más costosa y complicada, y en caso de no tener claro que el maltrato sea un delito, desde FAADA recomendamos seguir la vía administrativa, pues el importe de las sanciones son más elevadas.
Enlace: http://www.derechoanimal.info/